martes, 3 de mayo de 2016

LA MOCIÓN DE LA VENTA DE BORONDO, SEGUNDA PARTE (Página nº 3612)

La Venta de Borondo contra los molinos:

(IMAGEN DE LUMINA ACTIONE tomada de facebook)
 
Este es el verdadero problema. La Venta de Borondo ha de luchar contra sus particulares molinos: el primero de ellos los propietarios, el segundo la Junta y el tercero la propia ley que debería protegerla y que terminará por  derruirla.
 
Primer molino:
 
Tenemos unos propietarios que, de pronto, tienen como propiedad un edificio declarado Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento. Se encuentran porque no lo han buscado y porque en España, no sé en otros sitios, supone que te caiga una enorme losa que es verte obligado a mantener algo que posiblemente supere tus recursos, te meta en un problema legal y te enseñe que quien lo ha declarado no quiere saber nada de nada. Lo sé bien porque mi suegro fue propietario de la fachada de la Casa de los Cantos Gordos en la parte que se conservaba al ser declarada bien de interés local y al final la única solución que le quedó fue la venta. Incluso recuerdo que una vez fallecido a mis cuñadas la concejal de turno en aquel momento les vino a indicar que aquello era su problema. Pero no exculpo a los propietarios, ¡ojo!, una acción preventiva hace años hubiera evitado esta casi inminente catástrofe.
 
Segundo molino:
 
La administración regional, que ni come ni deja. No se puede esperar a que se derrumbe un bien cultural regional cuyo expediente has impulsado, tramitado y aprobado mirando hacia otro sitio, colándoles el marrón a unos propietarios que no hacen por las razones que sean y no actuar de ninguna manera frente al deterioro y pérdida de un monumento valioso. La ley está de su parte para actuar en los casos que se establece y los hay como para que no estuviéramos hablando hoy de la grave situación de la Venta de Borondo. Si el incumplimiento de los propietarios al menos permite que la administración regional puede actuar el incumplimiento de la administración regional deja a la Venta a los pies de los caballos, t0talmente indefensa.
 
Tercer molino:
 
La ley, que otorga protección pero, como relataron perféctamente el concejal de IU y el del PP no da instrumentos reales para garantizar dicha protección. Es decir, le otorga una condición pero se despreocupa de crear las condiciones para proteger ese bien dejándolo al albur de los intereses, recursos, intenciones de sus dueños y permitiendo, de paso, que todos incumplan la ley. Si han leído la entrada anterior antes de la sexta opción, que es dejar que el edificio se consuma en la ruina, hay cinco opciones previas para evitarlo. Pues bien, la única que no debería producirse es la única que está en marcha y de las otras cinco no se ha dado paso alguno incumpliendo la propia normativa. Un escándalo, una auténtica vergüenza. La ley, su incumplimiento, termina por condenar lo que dice que debe proteger.
 
Hay otros molinos:
 
Pero no quiero extenderme. Las condiciones meteorológicas, el paso del tiempo, los ladrones de patrimonio, etc...
 
¿Y los quijotes?
 
Deberíamos ser los ciudadanos encabezados por la administración local los que intentáramos derrotar las consecuencias de esos molinos y salvar la Venta. ¿Acaso sueño? ¡¡Ójala que no!

5 comentarios:

  1. Pues como se nombró en varias ocasiones en el pleno ha sido la propia ciudadanía quien ha tenido que elevar el asunto a la primera plana de la actualidad: investigadores, fotógrafos, redes sociales o asociaciones. Y me consta que no van a quedarse callados. Como dijo la edil socialista (aunque algo pez en la moción) ¡la venta de borondo está ahora muy de moda!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Como ese monolito robado que citaba leyendo directamente noticias de las últimas semanas. Ese monolito que está en el patio del Museo y trajo prestado de allí un concejal socialista.

      Eliminar
  2. Totem por si no lo sabes, hay distintas ordenes entre ellas las de áreas de influencia de parques nacionales a las que los propietarios de inmuebles con algún tipo de protección puede acogerse y recibir subenciones.
    Eso es un privilegio por ejemplo.

    Por cierto eso de declaración de bien local no existe, supongo que quieres decir que fue incluido dentro del catalogo municipal de bienes protegidos

    ResponderEliminar